Acerca de mí
Soy Carlos Alfredo Soto Morales, abogado y profesor universitario, con más de treinta años de experiencia en el ámbito jurídico mexicano.
Entré a trabajar al Poder Judicial de la Federación en 1993, cuando estudiaba el segundo semestre de la carrera de derecho en la UNAM (FES Acatlán). En esa institución ocupé todos los cargos de la carrera judicial, desde oficial judicial hasta Juez de Distrito y Magistrado de Circuito. Este último cargo lo tuve hasta abril de 2025.
Mi experiencia se ha desarrollado principalmente en derecho constitucional, administrativo de y derechos humanos, con especial interés en el juicio de amparo, la ética judicial y la independencia judicial.
A lo largo de los años también participé en actividades académicas y de formación profesional. He impartido clases y conferencias en programas de licenciatura y postgrado, especialmente en temas de derecho constitucional, administrativo, fiscal, amparo, derechos humanos y ética judicial.
Además de mi labor profesional y académica, me dedico a la divulgación jurídica. Actualmente desarrollo el proyecto Reflexiones Jurídicas, un espacio creado para explicar el derecho en lenguaje claro y accesible, tanto para abogados como para personas sin formación jurídica. A través de artículos, videos, podcast y redes sociales, busco acercar temas complejos a un público amplio y promover una cultura jurídica más comprensible y democrática.
Soy autor del libro La función judicial, así como de diversos artículos y ensayos especializados sobre justicia, transparencia, derechos humanos y función jurisdiccional.
Creo firmemente que el derecho no debe permanecer encerrado en tribunales, expedientes o tecnicismos. El conocimiento jurídico debe servir para fortalecer la libertad, la dignidad humana y el Estado de derecho.
Bienvenido a este espacio.
Libro
La función judicial
En La función judicial reflexiono sobre el papel de los jueces en un Estado constitucional democrático. En el libro abordó la función jurisdiccional más allá de la simple aplicación mecánica de la ley; analizo temas como la ética judicial, la independencia de los tribunales, la imparcialidad, la objetividad y la responsabilidad de quienes imparten justicia.
En este texto combino experiencia práctica y académica, así como análisis jurídico. A partir de casos reales examino los desafíos contemporáneos de la judicatura, incluyendo el lenguaje claro en las sentencias, la perspectiva de género, la relación entre jueces y poder político, el uso de redes sociales por funcionarios judiciales y la necesidad de fortalecer la confianza ciudadana en las instituciones.
La función judicial está dirigida tanto a abogados y estudiantes de derecho, como a cualquier persona interesada en comprender cómo debe actuar un juez en una sociedad democrática y cuáles son los valores que deben sostener a la justicia.
Carrera judicial:
Oficial judicial en Juzgado de Distrito (Naucalpan y CDMX), de 1993 a 2000.
Actuario judicial en Juzgado de Distrito en Materia Civil (CDMX) año 2000.
Secretario de Juzgado de Distrito (Naucalpan), de 2000 a 2004
Secretario de Tribunal Colegiado en Materia Administrativa (CDMX), de 2004 a 2007.
Secretario de la SCJN (en la ponencia del Ministro Mariano Azuela Güitrón, de 2007 a 2008.
Juez de Distrito (Puebla), de 2008 a 2016.
Magistrado de Circuito (Naucalpan), de 2016 a 2019.
Magistrado de Circuito en Tribunal Colegiado en Materia Penal (Puebla), de 2019 a 2021.
Magistrado de Circuito en Tribunal Colegiado en Materia Administrativa (Puebla), de 2021 a 2025.
Entrevistas
La vocación por la justicia.
Plática en el Canal Judicial sobre mis experiencias en el Poder Judicial de la Federación.
Las redes sociales y el amparo.
Plática con la abogada Ángela Frías sobre el tema del uso de las redes sociales y el juicio de amparo.
Star Wars y el derecho.
Una plática con José Ramón Narváez sobre Star Wars.
Sentencias ciudadanas.
Una plática sobre la simplificación del lenguaje utilizado en las resoluciones judiciales, para que sean de más fácil comprensión a la ciudadanía en general.
Publicaciones en revistas.
La constitucionalización del ordenamiento jurídico mexicano, a la luz de la teoría de Riccardo Guastini.
Por Carlos Alfredo Soto Morales
En este artículo, publicado en la Revista del Instituto de la Judicatura Federal, año 2003, número 15, analizo si el sistema jurídico mexicano puede considerarse verdaderamente constitucionalizado, tomando como marco teórico los siete criterios propuestos por el jurista italiano Riccardo Guastini.
A partir de ese esquema —que incluye la rigidez constitucional, la garantía jurisdiccional, la fuerza vinculante, la sobreinterpretación, la aplicación directa de normas constitucionales, la interpretación conforme de las leyes y la influencia de la Constitución sobre las relaciones políticas— examino cada condición y la contrasto con la realidad jurídica mexicana de la época.
La conclusión central es que, si bien México cuenta con las estructuras formales de un Estado constitucional, diversos factores —como las incontables reformas que flexibilizaron la Constitución en la práctica, las deficiencias en los mecanismos de control constitucional y el desarraigo cultural hacia la Carta Magna— impedían hablar de un ordenamiento plenamente constitucionalizado. El trabajo cierra con propuestas concretas para avanzar hacia esa consolidación.
El texto completo de esta publicación puede verse en este enlace.
Constitución y Estado laico: la sentencia McCreary County vs. ACLU of Kentucky en la jurisprudencia norteamericana
Publicado en la Revista del Instituto de la Judicatura Federal, número 29.
Este artículo analiza, desde la perspectiva del derecho constitucional comparado, la sentencia dictada en 2005 por la Suprema Corte de Estados Unidos en el caso McCreary County, Kentucky et al. v. American Civil Liberties Union of Kentucky et al., que abordó la exhibición de los Diez Mandamientos en edificios públicos de Kentucky como posible violación al principio de laicidad contenido en la Primera Enmienda constitucional.
El trabajo ofrece una traducción comentada de los puntos centrales del fallo —donde la Corte confirmó la orden de retirar los letreros religiosos al advertir un propósito predominantemente sectario en las acciones del gobierno— y, a partir de ese referente, reflexiona sobre el estado del principio de laicidad en México: su evolución histórica desde las constituciones que reconocían a la religión católica como oficial, hasta su consagración en el artículo 24 de la Constitución de 1917, así como los retos prácticos para hacerlo valer ante los tribunales nacionales.
El texto completo de este artículo puede verse en este enlace.
Ética y derechos humanos.
Por Carlos Alfredo Soto Morales.
Publicado en Rúbricas, Universidad Iberoamericana Puebla, otoño 2014
La ética y los derechos humanos comparten un fundamento común: la dignidad de las personas. A medida que la sociedad se aleja de los valores éticos, se hace urgente recuperar aquellos que sostienen las relaciones humanas, especialmente en el ámbito de la educación cívica y jurídica.
El artículo propone entender los derechos humanos desde la ética de las virtudes, una rama práctica de la filosofía. A diferencia de las acciones o los hábitos mecánicos, una virtud es la repetición consciente y firme de conductas orientadas al bien propio y al de los demás.
Las cuatro virtudes cardinales se vinculan directamente con la protección de los derechos humanos: la prudencia nos lleva a deliberar antes de actuar y prever las consecuencias de nuestras decisiones sobre la dignidad ajena; la justicia exige dar a cada quien lo que le corresponde, con igualdad y reconocimiento del otro como sujeto de derechos; la fortaleza nos impulsa a actuar con valentía ante los obstáculos que enfrentan quienes defienden los derechos humanos, incluso frente al propio Estado; y la templanza nos permite resistir los excesos e impulsos irracionales que pueden dar origen a conductas violatorias.
El autor concluye que proteger los derechos humanos no exige grandes tratados, sino pequeños actos cotidianos y visibles. La ética de las virtudes se vive, no solo se teoriza, y cada persona —ciudadana, activista o servidora pública— puede contribuir desde su ámbito a construir una sociedad más respetuosa de la dignidad humana.
El texto completo del artículo puede consultarse en este enlace.
Experiencias sobre la independencia judicial en México y España.
Por Carlos Alfredo Soto Morales, en coautoría con Natalia Velilla Antolín, Magistrada de Adscripción Territorial de Madrid
Publicado en la Revista del Instituto de la Judicatura Federal, Número 47, enero-junio de 2019.
Este artículo realiza un estudio comparado de las garantías que protegen la independencia judicial en México y España.
El trabajo analiza figuras clave como la inamovilidad, la independencia económica, la carrera judicial y el régimen de incompatibilidades, destacando tanto los avances como las deficiencias que ambos sistemas presentan.
Se examina con especial atención la composición del Consejo General del Poder Judicial español —cuyos vocales son elegidos en su totalidad por el poder legislativo— y se contrasta con el modelo mexicano, en el que el propio Poder Judicial conserva participación mayoritaria en la integración de su órgano de gobierno.
El artículo concluye con una propuesta de reforma para el Consejo de la Judicatura Federal mexicano que busca ampliar la participación de la sociedad civil, el foro y la academia, sin sacrificar la autonomía judicial frente al poder político.
El texto íntegro del artículo puede leerse en este enlace.
Transparencia judicial.
Por Carlos Alfredo Soto Morales
En la Revista del Instituto de la Judicatura Federal, número 32, señalo que en un Estado democrático, el Poder Judicial enfrenta un reto particular: a diferencia de los poderes Legislativo y Ejecutivo, sus integrantes no son elegidos por voto popular directo, lo que hace que su legitimidad dependa, en gran medida, de otro mecanismo fundamental: la transparencia.
Este ensayo explora la relación indisoluble entre transparencia y legitimidad judicial, abordando tanto su marco legal —desde el artículo 6° constitucional hasta el Acuerdo General 84/2008 del CJF— como su dimensión ética, recogida en el Código Modelo de Ética Judicial.
Entre los temas centrales que se analizan destacan la difícil accesibilidad de las sentencias publicadas en Internet, la importancia de redactar resoluciones en un lenguaje claro y comprensible para la ciudadanía, y la necesidad de que los juzgadores asuman una actitud proactiva en la difusión de sus fallos más relevantes.
Finalmente, se aborda la videograbación de audiencias públicas, concluyendo que, si bien la transparencia judicial es un valor irrenunciable, autorizar grabaciones por parte de particulares puede comprometer la protección de datos personales sensibles contenidos en dichas diligencias.
El texto completo de esta publicación puede verse en este enlace.
Pugna entre lo público y lo privado
Por Carlos Alfredo Soto Morales.
En la sociedad de la información actual, la protección de datos personales se ha consolidado como un derecho humano fundamental, reconocido tanto en tratados internacionales como en la Constitución mexicana. Sin embargo, este derecho no es absoluto: enfrenta tensiones constantes frente a valores como la transparencia pública, la seguridad nacional y el derecho a la información.
Este artículo analiza cómo el Poder Judicial de la Federación equilibra ambos intereses en sus sentencias, mediante juicios de ponderación que determinan, caso por caso, cuándo el bien público debe prevalecer sobre la privacidad individual. Se examinan los marcos normativos aplicables —incluyendo la Ley Federal de Transparencia y el Acuerdo 84/2008 del CJF— y se advierte sobre un riesgo práctico poco discutido: la sobreprotección de datos que vuelve ininteligibles las resoluciones judiciales, comprometiendo así la claridad y la transparencia que toda sentencia exige.
El texto completo de este artículo puede verse en este link.
Acciones afirmativas para alcanzar la equidad de género en la selección de jueces del Poder Judicial de la Federación en México. Una propuesta.
Por Carlos Alfredo Soto Morales y Karla Elena Ruiz Calvo. Revista del Instituto de la Judicatura Federal
A pesar de que las mujeres representan más del 55% del personal en los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación, su presencia en los cargos de mayor jerarquía es notoriamente baja: al año 2013, solo el 24.6% de los jueces de distrito y el 17.8% de los magistrados de circuito eran mujeres.
Esta infrarrepresentación no es casual: responde a una desigualdad estructural que se reproduce dentro de los propios mecanismos de selección, los cuales, aunque formalmente neutrales, penalizan indirectamente a las mujeres con obligaciones familiares mediante criterios como la antigüedad en el servicio, cursos vespertinos o nocturnos y la obligatoriedad de cambios de adscripción.
En este artículo se analizan los principios constitucionales e internacionales de igualdad y no discriminación, se documenta la situación de la mujer en la carrera judicial federal y, con base en recomendaciones de la CIDH y la Relatoría Especial de la ONU, se proponen acciones afirmativas concretas: capacitación con perspectiva de género, estadísticas desagregadas por sexo, cursos en línea y con horarios flexibles, menor ponderación de la antigüedad, cambios de adscripción con criterios de género y cuotas de participación femenina en los concursos de oposición.
El texto completo puede consultarse en el siguiente enlace.